sábado, 11 de enero de 2020
lunes, 6 de enero de 2020
domingo, 29 de diciembre de 2019
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jueves, 26 de diciembre de 2019
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sábado, 30 de noviembre de 2019
miércoles, 27 de noviembre de 2019
martes, 26 de noviembre de 2019
lunes, 25 de noviembre de 2019
domingo, 24 de noviembre de 2019
Día con María
Guayaquil, 24 de noviembre de 2019 (Heraldos Info).- En Guayaquil - Ecuador, los Heraldos del Evangelio del sector femenino realizó una jornada de convivencia con simpatizantes y personas que apadrinan esta obra. Se trató temas relacionados con la vida religiosa, hubo momentos de oración, en particular el rezo del santo rosario, meditación y culminó con Misa solemne.
sábado, 19 de octubre de 2019
Comunicado de prensa de la Asociación Privada de Fieles Heraldos del Evangelio sobre el Comisariado
El Presidente de la Asociación Privada de Fieles de Derecho Pontificio Heraldos del Evangelio, Felipe Eugenio Lecaros Concha, en reunión con su Consejo General, acogió el pasado jueves 17 de octubre, respetuosamente y con espíritu eclesial, la visita de Su Eminencia Don Raymundo Damasceno Assis y de Su Excelencia Don José Aparecido Gonçalves de Almeida, portadores de un Decreto de la Congregación de los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica. La visita tuvo el objetivo de notificar oficialmente el inicio del Comisariado de esta Asociación Heraldos del Evangelio.
El encuentro ha transcurrido en un clima de profunda transparencia y sinceridad, que son los fundamentos de la comunión eclesial. En esta ocasión, ha quedado demostrada la absoluta invalidez y completa ilegalidad del mencionado Decreto en lo referente a los Heraldos del Evangelio, debido a los errores de base que contiene y que han generado graves ilegalidades canónicas y provocado su invalidez. A continuación, transcribimos las palabras que dirigió el Presidente a los Prelados, durante el encuentro, para explicar la problemática:
«Nosotros los veneramos como obispos de la Iglesia de Nuestro Señor Jesucristo y, como tales, son objeto de nuestra consideración. Pero debemos declarar que no reconocemos a Vuestra Eminencia en cuanto “Comisario” de la Asociación Privada de Fieles Heraldos del Evangelio, de la que yo soy Presidente elegido legítimamente.
En primer lugar, porque el Decreto que se ha leído aquí se dirige a una “Asociación Pública de Fieles”, y los Heraldos del Evangelio son una “Asociación Privada de Fieles”. Por su naturaleza, éstas son esencialmente diferentes, Eminencia. Es como si un oficial de justicia se presentara en la casa de “Antonio López” con una notificación para “Pedro Rodríguez”. El Sr. López no debería recibir esa notificación judicial, porque hay un error de persona. Del mismo modo, los Heraldos del Evangelio no pueden recibir un decreto que está dirigido a otra asociación.
En segundo lugar, porque la institución de los Heraldos del Evangelio, al ser una “Asociación Privada de Fieles”, no es pasiva de un comisariado, según lo establecen los límites de la ley canónica, basada en el derecho natural. Comisariar una Asociación Privada viola el derecho sagrado e inviolable que tienen los fieles de asociarse en la Iglesia, con sus propios estatutos y sus propias autoridades.
Por lo tanto, si el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida, organismo del que dependemos directamente, no toma ninguna medida, damos el caso por terminado. Esto es lo que tenía que decir a Vuestra Eminencia y a Vuestra Excelencia».
El discurso del Presidente se sostuvo en sólidos argumentos jurídicos de canonistas consultados por la Asociación Heraldos del Evangelio. A continuación, presentamos una síntesis de dichos argumentos:
- El Decreto viola el canon 318, que prevé el comisariado exclusivamente para sociedades o asociaciones públicas. Viola también los cánones 50 y 51 porque no está suficientemente motivado por graves razones, y la asociación no ha sido escuchada previamente.
- Según la opinión del renombrado canonista Lluis Martínez-Sistach, «sólo para las asociaciones públicas se prevé que la autoridad eclesiástica competente, en circunstancias especiales y cuando lo exijan graves razones, puede designar un comisario que en su nombre dirija temporalmente la asociación. En las asociaciones privadas, dado que la autoridad eclesiástica no interviene en la designación del presidente, no hay razón para que intervenga en su destitución y nombramiento de un comisario» (Ius Canonicum, XXVI, n. 51, 1986, p. 173).
- También se añade que, en el ámbito civil, una sentencia final del Tribunal de Relación de Coimbra, Portugal, de 17 de mayo de 2011, decidió por unanimidad que «las asociaciones privadas de fieles están sujetas a la supervisión de las autoridades eclesiásticas competentes; sin embargo, la autoridad eclesiástica competente no puede nombrar comisarios que representen a la asociación, amparándose en su deber de vigilancia». Cabe señalar que Portugal celebró un concordato con la Santa Sede que sigue en vigor.
- El testimonio más significativo, en este sentido, lo proporciona el propio Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida sobre el Decreto de comisariado de la Asociación Privada de Fieles Palabra Viva, emitido por la Archidiócesis de Diamantina, Brasil, y anulado posteriormente por la Santa Sede el 15 de marzo de 2016. Dice así: «En lo que concierne a la legitimidad de las medidas, el nombramiento de un comisario (c. 318) está indicado, según el derecho, entre las medidas previstas únicamente para las asociaciones públicas de fieles (c. 312-320) y, por lo tanto, no puede aplicarse a una asociación privada de fieles. En este caso, el nombramiento de un comisario no es legítimo».
- El Decreto viola el canon 318, que prevé el comisariado exclusivamente para sociedades o asociaciones públicas. Viola también los cánones 50 y 51 porque no está suficientemente motivado por graves razones, y la asociación no ha sido escuchada previamente.
Es necesario destacar que las razones expuestas por el Presidente Felipe Lecaros fueron tenidas en cuenta por los ilustres visitantes. El 18 de octubre de 2019, al día siguiente del encuentro, Su Excelencia Reverendísima Don José Aparecido, obispo auxiliar de Brasilia y doctor en Derecho Canónico, envió un mensaje que fue remitido al Presidente General, en el que afirmó: «En cuanto a la situación de la Asociación Heraldos, voy a preparar una carta [para la Santa Sede] a fin de explicar que efectivamente existe una objeción admisible, referente a la naturaleza jurídica de la Asociación y al tipo de intervención posible por parte de la autoridad competente. La cuestión de la naturaleza privada de la Asociación es la verdadera y pertinente objeción sobre el tema».
No obstante, el texto del Decreto afirma que se ha dictado «de acuerdo con el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida», pero no menciona que este Dicasterio haya designado expresamente alguna delegación. Además, la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica no tiene competencia legal junto a las asociaciones privadas de fieles, ya sean clericales o laicales.
Por otra parte, las «graves razones» que han determinado el comisariado siguen siendo una incógnita difícil de descifrar, ya sea para las autoridades o para los miembros de la Institución, porque las razones que se enumeran en el Decreto no son más que generalidades; por cierto, de una sospechosa inconsistencia. Esto nos causa una gran perplejidad, porque somos conscientes de que la Asociación Heraldos del Evangelio no ha incurrido en ningún delito, y siempre ha mantenido la integridad de la Fe y las costumbres. En este sentido, llama la atención que la Visita Apostólica previa, que transcurrió en un clima de comunión eclesial la más entrañada de nuestra parte, concluyó sin ninguna cuestión «problemática», y menos todavía «grave», que fuera indicada a instancia alguna de la Asociación. Sin embargo, se pretende comisariarla de una manera encarnizada y arbitraria. Por lo tanto, y dado que este intento viene de la Congregación para los Religiosos (una instancia que es ajena al ámbito de nuestra institución laical), sería el caso de preguntar, filial y reverentemente, al Prefecto de dicha Congregación, el cardenal Braz de Aviz: «Si hemos hecho algo malo, díganos claramente el qué; pero si no, ¿por qué procura castigarnos a toda costa?».
Finalmente, en el encuentro con los Prelados, se trató del linchamiento moral, repleto de prejuicios antirreligiosos, del que ha sido víctima de la Asociación Heraldos del Evangelio por parte de ciertos medios de comunicación seducidos visceralmente por la tentativa de este comisariado. Tal campaña ha causado unos daños morales irreparables, y sus responsables tendrán que responder por la vía administrativa y legal a su debido tiempo.
Ponemos nuestra mirada en la Virgen Clemente y Poderosa, seguros de su infalible socorro en las circunstancias más difíciles. Consagramos a Ella, una vez más, el apostolado de la Asociación Heraldos del Evangelio, que ya le pertenece, para dar, en todo, la mayor gloria a Dios.
São Paulo, 19 de octubre de 2019
São Paulo, 19 de octubre de 2019
Memoria de San Juan de Brébeuf,
San Isaac Jogues y compañeros, mártires, y
San Pablo de la Cruz
Humberto Goedert
Departamento de Prensa de los Heraldos del Evangelio
Comunicado de Imprensa da Associação Privada de Fiéis Arautos do Evangelho sobre o Comissariado - Arautos do Evangelho
O
Presidente da Associação Privada de Fiéis de Direito Pontifício Arautos
do Evangelho, Felipe Eugenio Lecaros Concha, junto com seu Conselho
Geral, acolheu na última quinta-feira, 17 de outubro, com respeito e
espírito eclesial, a visita de Sua Eminência D. Raymundo Damasceno Assis
e de Sua Excelência D. José Aparecido Gonçalves
de Almeida, portadores de um Decreto emanado pela Congregação dos
Institutos de Vida Consagrada e as Sociedades de Vida Apostólica com o
intuito de notificar oficialmente o início do comissariado desta
Associação Arautos do Evangelho.
Este encontro
transcorreu num clima de profunda transparência e sinceridade, como
fundamentos da comunhão eclesial. Nesta ocasião, foi demonstrada a
absoluta invalidez e inteira ilegalidade de tal Decreto em relação aos
Arautos do Evangelho em razão de erros fundamentais nele contidos, que
geram graves ilegalidades canônicas e provoca a sua invalidez. Seguem as
palavras do Presidente dirigidas na ocasião aos Prelados a fim de
explicar a problemática:
“Nós
lhes reverenciamos como bispos da Igreja de Nosso Senhor Jesus Cristo, e
como tais ambos são objeto de nossa consideração, mas devemos declarar
que não reconhecemos Vossa Eminência enquanto “Comissário” da Associação
Privada de Fiéis Arautos do Evangelho, da qual eu sou o Presidente
legitimamente eleito.
Em primeiro lugar, porque o
Decreto que aqui foi lido está endereçado a uma “Associação Pública de
Fiéis”, sendo que os Arautos do Evangelho são uma “Associação Privada de
Fiéis”.
A diferença de natureza entre uma e outra é essencial, Eminência. É
como se um oficial de justiça se apresentasse na residência de “Antônio
da Silva” com uma notificação para “Pedro Rodrigues”. O Sr. Antônio não
deveria receber tal notificação judicial, pois houve um erro de pessoa.
De modo semelhante, os Arautos do Evangelho não podem receber um decreto
dirigido a outra associação.
Em segundo lugar, porque a instituição
dos Arautos do Evangelho, enquanto “Associação Privada de Fiéis”, não é
“comissariável”, como determinado pelos limites da lei canônica baseada
no direito natural. Comissariar
uma Associação Privada infringiria o direito sacro e inviolável dos
fiéis de associarem-se na Igreja com seus próprios estatutos e suas
próprias autoridades.
Portanto,
se nenhuma medida for tomada pelo Dicastério para os Leigos, a Família e
a Vida, organismo do qual dependemos diretamente, damos por encerrado o
caso. É o que tinha a dizer a vossa Eminência e a vossa Excelência.”
O discurso do
Presidente se sustenta em sólidos argumentos jurídicos apresentados por
canonistas consultados pela Associação Arautos do Evangelho, cuja
síntese se apresenta a seguir:
1. O decreto
viola o cânon 318 que prevê o comissariado exclusivamente para
sociedades ou associações públicas. Viola também os cânones 50 e 51
porque não está suficientemente motivado em graves razões e a associação
não foi ouvida previamente.
2. Conforme a opinião do renomado canonista Lluis Martinez Sistach, “somente
para as associações públicas se prevê que a autoridade eclesiástica
competente, em circunstâncias especiais e quando o exijam graves razões,
possa designar um comissário que em seu nome guie temporalmente a
associação. No caso das associações privadas, dado que a autoridade
eclesiástica não intervém na designação do presidente, não existem
razões para que intervenha em sua destituição e nomeação de um
comissário” (Ius Canonicum, v. 26, n. 51, 1986, p.173).
3. Agrega-se
também que no âmbito civil um Acórdão no Tribunal de Relação de Coimbra,
Portugal, de 17 de maio de 2011, por votação unânime, decidiu que “as
associações privadas de fiéis estão sujeitas à vigilância das
autoridades eclesiásticas competentes, porém não pode a autoridade
eclesiástica competente, a coberto desse dever de vigilância, designar
comissários que representem a Associação”. É de notar que Portugal celebrou uma concordata com a Santa Sé e que ainda se encontra vigente.
4.
Testemunho mais significativo, nesse sentido, é o dado pela própria
Congregação de Leigos, Família e Vida a respeito do decreto de
comissariado da Associação Privada de Fiéis Palavra Viva, emanado pela
Arquidiocese de Diamantina, e posteriormente anulado pela Santa Sé em 15
de março de 2016, nos seguintes termos: “No tangente à legitimidade das medidas, a nomeação de um comissário (cân. 318, CDC) é indicada no direito entre as medidas previstas apenas para as associações públicas de fiéis (cân. 312-320, CDC) e, portanto, não podem ser aplicadas a uma associação privada de fiéis. Portanto, a nomeação de um comissário neste caso não é legítima”.
Deve-se
destacar que as razões apresentadas pelo Presidente Felipe Lecaros foram
levadas em consideração pelos ilustres visitantes. Em 18 de outubro de
2019, um dia após o encontro, Sua Excelência Reverendíssima, D. José
Aparecido, Bispo Auxiliar de Brasília e doutor em Direito Canônico,
enviou uma mensagem, que foi encaminhada ao Presidente Geral, atestando:
“Quanto à situação da associação Arautos,
vou preparar uma carta [para a Santa Sé] para explicar que há de fato
uma objeção plausível: a que se refere à natureza jurídica da Associação
e ao tipo de intervenção possível por parte da autoridade competente. A
questão da natureza privada da associação, esta sim é a objeção real e
relevante sobre o tema”.
Ora,
o conteúdo do decreto afirma que é ditado “em acordo com o Dicastério
para os Leigos, a Família e a Vida”, mas não faz menção a qualquer
delegação expressa deste. Além do mais, a Congregação
para os Institutos de Vida Consagrada e Sociedades de Vida Apostólica
não é competente do ponto de vista jurídico no que diz respeito às
associações privadas de fiéis, quer clericais, quer laicais.
De
outra parte, as “graves razões” determinantes do comissariado continuam
sendo até hoje uma incógnita difícil de decifrar, seja para as
autoridades, seja para os membros da Instituição, pois os motivos
enumerados no Decreto não passam de generalidades, aliás suspeitamente
vaporosas. Isto causa grande perplexidade, pois a Associação Arautos do
Evangelho é consciente de não ter incorrido em nenhum delito, tendo-se
sempre mantido íntegra em matéria de Fé e de costumes. Neste sentido,
chama a atenção que a Visita Apostólica prévia, que transcorreu num
ambiente da mais entranhada comunhão eclesial de nossa parte, foi
concluída sem que tenha sido indicada, a qualquer instância da
Instituição, nenhuma questão “problemática”, e menos ainda “grave”.
Entretanto, de modo acirrado e arbitrário procurou-se comissariá-la. Por
isso, e já que esta tentativa veio da parte da Congregação dos
Religiosos (uma instância aliás alheia ao âmbito de nossa Instituição
laical), com espírito filial e reverente, caberia perguntarmos a seu
Prefeito, o Cardeal Braz de Aviz: “Se fizemos mal, nos diga claramente
em quê. Senão, porque procura a todo custo nos punir?”
Finalmente,
no encontro com os Prelados tratou-se a respeito do linchamento moral,
eivado de preconceitos antirreligiosos, de que tem sido vítima a
Associação Arautos do Evangelho da parte de certos veículos de
comunicação, visceralmente seduzidos pela tentativa de comissariado. Tal
campanha tem causado danos morais irreparáveis pelos quais os
responsáveis terão de responder por vias administrativas e legais em seu
devido momento.
Fixamos nosso
olhar na Virgem Clemente e Poderosa, certos de seu auxílio seguro nas
circunstâncias mais difíceis. A Ela consagramos, mais uma vez, o
apostolado da Associação Arautos do Evangelho, que já Lhe pertence, a
fim de em tudo dar a maior glória a Deus!
São Paulo, 19 de outubro de 2019
Memória de São João de Brébeuf e
Santo Isaac e companheiros mártires, e
São Paulo da Cruz.
Humberto Goedert
Departamento de Imprensa dos Arautos do Evangelho
miércoles, 2 de octubre de 2019
COMUNICADO DE PRENSA SOBRE EL COMISARIADO A LOS HERALDOS DEL EVANGELIO
El pasado 28 de septiembre, los Heraldos del Evangelio recibieron en su casa de Roma la notificación del Decreto de Comisariado a esta Asociación Privada Internacional de Fieles de Derecho Pontificio. Enseguida, la noticia del comisariado empezó a circular en los medios de comunicación de Italia y de otros países.
Algunos órganos de prensa, sin embargo, han pretendido tergiversar los datos oficiales de la Santa Sede, dando a entender que el procedimiento habría ocurrido por una especie de sanción, o incluso que se trataría de una nueva investigación. En lugar de atenerse a la nota del Vaticano -que indica genéricamente las razones que han llevado a la Santa Sede a nombrar un comisario para la Institución-, se han basado en noticias antiguas y equivocadas, omitiendo la habitual y actualizada verificación de los hechos. Ahora bien, debido a la velocidad de la información de hoy en día, esas noticias falseadas -como si fueran fake news- se han extendido rápidamente por las ramificaciones de Internet, en detrimento de la imagen y reputación de la Institución, llegando a una situación tal que podría desembocar en la interposición de acciones indemnizatorias.
Teniendo en esto cuenta, es un deber de justicia y caridad aclarar que:
1) La visita apostólica, compuesta por un arzobispo, un obispo y una superiora religiosa, se inició en 2017. Todas las casas de los Heraldos fueron visitadas y se entrevistaron a casi todos los miembros, incluso a muchos cooperadores. Además, innumerables exmiembros, familiares de miembros y de exmiembros, también dieron su testimonio. Las declaraciones favorables a la Institución fueron muy numerosas. Y, a lo largo de la investigación, llegaron cientos de testimonios laudatorios de cardenales, arzobispos, obispos y sacerdotes de todo el mundo.
2) Después de una diligente investigación, que duró poco más de un año, la visita apostólica completó sus procedimientos. Según el testimonio de los visitadores, que fue declarado en reuniones y encuentros en los que el Presidente General de los Heraldos del Evangelio estaba presente, y que está debidamente registrado en actas, no hallaron nada contrario a la moral, a la sana doctrina o a las leyes eclesiásticas y civiles.
3) En agosto de 2018, los visitadores presentaron ocho preguntas de personas abiertamente contrarias a los Heraldos, que contenían acusaciones falsas que circulaban ampliamente en Internet. La respuesta -de 570 páginas, acompañada de 75 anexos recogidos en 42 volúmenes- fue elaborada por una comisión especial de profesores y doctores en diversas áreas teológicas, canónicas y jurídicas. Ni los visitadores ni la Santa Sede han presentado observaciones a esta respuesta de la Institución.
4) Hay que recordar que el Comisariado es una práctica prevista por el ordenamiento jurídico de la Iglesia y que puede ser utilizado como un instrumento de comunión. Según la noticia oficial del Vaticano, la motivación estaría vinculada a ciertas deficiencias, pero no debería considerarse como una sanción. Todo aquello que sea informado en oposición a esas directrices es una difamación evidente.
Por último, los Heraldos del Evangelio acogen respetuosamente y en espíritu de comunión eclesial el nombramiento de S. Em.ª Rvdma. D. Raymundo Damasceno Assis, cardenal arzobispo emérito de Aparecida, como Comisario Pontificio, así como a sus asistentes, D. José Aparecido Gonçalves de Almeida, obispo auxiliar de Brasilia, y la Hna. Marian Ambrósio, IDP, superiora general de las Hermanas de la Divina Providencia.
Invocando el amparo maternal e infalible de la Virgen, los Heraldos del Evangelio se ponen a disposición de las autoridades competentes, con un espíritu de filial y confiada transparencia, seguros de que esta nueva fase será una ocasión para atestiguar su ininterrumpida comunión afectiva y efectiva con la Santa Sede y con los obispos, sucesores de los Apóstoles.
São Paulo, 1 de octubre de 2019, memoria de Santa Teresa del Niño Jesús.
Departamento de Prensa.
viernes, 1 de septiembre de 2017
Año de lucha, año de victoria
Homilía en la Misa conmemorativa del 78º cumpleaños de Mons. João
"Nos esperan batallas grandiosas, y de ellas
dependerá nuestra entrada en el Cielo. Por eso, hijos
míos, perseverad. Perseverad en vuestra lucha, en
vuestra virtud y en vuestra santidad. El Señor nos
llama a las pruebas que nos conducirán al Paraíso."
El 15 de agosto Mons. João Scognamiglio Clá Dias, fundador de los Heraldos del Evangelio, celebró su septuagésimo octavo cumpleaños con una Misa solemne, rodeado por sus hijos e hijas. A ellos abrió su corazón, manifestándoles su entrañable afecto de padre con palabras sublimes, impregnadas de amor a la Santa Iglesia. En atención a numerosas peticiones compartimos a continuación la homilía de Mons. João íntegramente.
viernes, 11 de agosto de 2017
Congreso Internacional de los Cooperadores de los Heraldos del Evangelio
13º Congreso Internacional de los Cooperadores de los Heraldos del Evangelio
Por Católica Conect
Durante el último fin de semana del mes de Julio, los Cooperadores de los Heraldos del Evangelio, también conocidos como Terciarios, fueron sorprendidos con esta pregunta: San José: ¿Quién lo conoce?
jueves, 10 de agosto de 2017
San José: El Cruzado de Luz
En su más reciente libro, Monseñor João Clá Dias, EP, desvenda una visión inédita del esposo de María Santísima y revela la altísima misión que le cabe en la implantación del Reino de Ella. Transcribimos aquí algunos de los trechos compuestos por el fundador de los Heraldos del Evangelio para la introducción de esta obra.
sábado, 22 de julio de 2017
Lumen Maris, el del transgótico que purifica, el de los profetas que cantan, el del mar sin par
Redacción (Jueves, 20-07-2017, Gaudium Press) Realmente no esperábamos encontrar tanta utopía; nuestras expectativas eran buenas, pero no tanto. Tal vez fuese un poco cierto cansancio.
Tras despertarnos a las tres de la mañana, no pudimos conciliar el sueño. Nos levantamos, tomamos unas leves viandas y enrumbamos hacia ‘Lumen Maris', el monasterio marítimo de los Heraldos del Evangelio, cerca de la ciudad costera de Ubatuba, en el ‘litoral norte' brasileño.
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